Bases y Condiciones Promoción “TODO EL CENTRO ES NAVIDAD”
1. La presente acción promocional denominada “TODO EL CENTRO ES NAVIDAD” (en adelante “la Promoción”) es organizada por la Asociación Amigos de Peatonal Córdoba de la ciudad de Rosario, en colaboración con la Asociación Peatonal San Martín, la Municipalidad de Rosario y los Comercios adheridos, (en adelante el “Organizador”), y está sujeta a las siguientes bases y condiciones (en adelante las “Bases”).
2. La Promoción tendrá vigencia desde el 01/12/2011 hasta las 20:00 horas del día 22/12/2011, ambas fechas inclusive (en adelante, el “Plazo”), sólo y exclusivamente en los Comercios Adheridos a la Promoción, detallados en la página web “www.aapc.com.ar” (en adelante, los “Comercios”).
3. Podrá participar en la Promoción toda persona física mayor de 18 años que adquiera bienes o servicios en los Comercios, y/o a quienes los Comercios le entreguen los Cupones impresos para participar en la Promoción (en adelante, los “Participantes”), durante el Plazo de la misma. La participación en la Promoción implica la aceptación de las Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas y que no signifiquen alterar la esencia de la Promoción.
Los Participantes podrán participar de la Promoción adquiriendo todos los bienes y servicios comercializados por cada uno de los Comercios según la lista de precios vigente en los Comercios durante el período de vigencia de la Promoción (en adelante, los “Productos”) por el importe mínimo que cada Comercio determine.
Los Cupones serán entregados a razón de uno por persona.
4.- Quienes deseen participar de la presente Promoción deberán completar el cupón (en adelante el "Cupón") que le será entregado en los Comercios adheridos con los datos personales, los cuales deberán ser actuales y veraces, que seguidamente se detallan: nombre y apellido, tipo y número de documento, dirección de e-mail, domicilio real y teléfono. El Cupón completo con todos los datos solicitados y las preguntas con sus respectiva respuestas, deberá ser depositado por el participante en la urna que al efecto se habilitará en la intersección de las calle Peatonal Córdoba y Peatonal San Martín de la ciudad de Rosario.
No se admitirán ni participarán en la presente Promoción los Cupones presentados una vez finalizado el plazo de vigencia de la Promoción.
No serán válidos para participar del presente Sorteo aquellos cupones que se encuentren incompletos, ilegibles, adulterados, con tachaduras y/o estén fotocopiados y/o cuyos datos estuvieran incompletos o se hubieran consignado erróneamente. Es requisito para participar del Sorteo que todos y cada uno de los datos personales indicados en el Cupón sean verdaderos, exactos, vigentes y auténticos. Cualquier error al completar los datos requeridos en el Cupón será responsabilidad exclusiva de los participantes. El Organizador no se hace responsable del deterioro, pérdida o robo de los Cupones. Las decisiones del Organizador serán inapelables
5.- El día 22 de diciembre de 2011, a las 20:00 horas ante Escribano Público, en la intersección de calle Peatonal Córdoba y Peatonal San Martín de la ciudad de Rosario, el Organizador realizará un sorteo (en adelante Sorteo) entre todos los Cupones que reúnan las condiciones establecidas en el apartado 4.- precedente, de los siguientes premios (en adelante denominado indistintamente el "Premio" o los "Premios"):
Primer y Único Premio: Consistente en una (1) ORDEN DE COMPRA al portador por cada uno de los Comercios Adheridos por el valor en pesos que cada una de ellas expresa, para ser utilizados como medio de pago por el valor nominal en el Comercio Adherido emisor de la Orden de Compra, en el domicilio de la ciudad de Rosario que la Orden de Compra expresa. Las Órdenes de Compras vencen el 30 de junio de 2012. Transcurrido el término de validez de la Orden de Compra y no utilizado perderá toda validez y no será reemplazada bajo ningún concepto. Los portadores de las "ÓRDENES DE COMPRA" no podrán fragmentar el valor nominal de cada "ORDEN DE COMPRA" y no recibirán vuelto en caso de realizar una compra por un importe inferior al indicado en la "ORDEN DE COMPRA". Queda prohibido el canje por dinero. Está prohibida la aplicación de descuentos o quitas de cualquier naturaleza al beneficiario sobre el valor nominal. Previo a la utilización de la ORDEN DE COMPRA, el portador deberá informar al Comercio emisor su intención en tal sentido. Los precios de los bienes y servicios a recibir por el portador de las ORDENES DE COMPRA son los establecidos en las listas de precios del Comercio adherido, no siendo acumulables con otras promociones, descuentos o beneficios.
6.- Para la adjudicación de los Premios se realizará el Sorteo, mediante la extracción simple y al azar, de un (1) Cupón y si el mismo reuniere todos los requisitos establecidos en estas Bases, la persona cuyos datos personales figuren en dicho Cupón resultará potencial ganadora del Premio detallado en el apartado 5.- de las presentes Bases. Si por el contrario, el Cupón extraído no se ajustare a los términos y condiciones de estas Bases, se procederá a extraer otro Cupón en su reemplazo, de manera tal de hacer posible la determinación de un (1) ganador del Premio. El participante cuyos datos se encuentren consignados en el primer Cupón extraído en el Sorteo será potencial ganador del Primer y Único Premio. Finalmente, se extraerán otros dos (2) Cupones que serán, en el orden de extracción, suplentes y que solamente pasarán a convertirse sus titulares en potenciales ganadores, en caso que el Organizador no pueda contactar al potencial ganador conforme lo previsto en las presente Bases.
7.- El potencial ganador del Premio del Sorteo será notificado por el Organizador, por teléfono o e-mail dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de realizado el Sorteo, según los datos consignados en el Cupón. En caso de que el Organizador no pueda contactar al potencial ganador, o recibido el mensaje el potencial ganador no se contacte con el Organizador dentro de los dos (2) días subsiguientes, éste perderá automáticamente la posibilidad de acceder al Premio y se procederá en forma automática a notificar al primer suplente elegido el día del Sorteo, quién podrá hacerse acreedor del Premio siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
8.- El potencial ganador tendrán que presentarse en el día y horario a indicar por el Organizador a partir del 2 de enero y hasta el 16 de enero de 2012, ambos inclusive, en calle Presidente Roca 848 Piso 1º de Rosario, Provincia de Santa Fe, muñido de su documento nacional de identidad, a fin de acreditar su identidad y contestar en forma escrita la pregunta de cultura general que se le efectuará en ese momento, y que de ser respondida correctamente permitirá al potencial ganador convertirse automáticamente en acreedor del Premio.
El potencial ganador que responda correctamente la pregunta de cultura general que se le haya formulado se hará acreedor del Premio respectivo y se procederá a la entrega del Premio de que se trate.
La falta de presentación del potencial ganador en la fecha, hora y lugar indicado por el Organizador hará perder al potencial ganador, en forma automática, la posibilidad de acceder al Premio respectivo. Toda presentación o reclamo efectuado por los potenciales ganadores en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas o sin documento de identidad, resultará extemporánea y hará perder en forma automática la posibilidad de acceder al Premio correspondiente.
Se deja expresamente aclarado que en el caso de que el potencial ganador del Premio no pudiera ser contactado dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la realización del Sorteo o en caso de que el número de teléfono y/o la dirección de e-mail suministrada por el potencial ganador sea falsa o incorrecta, tal potencial ganador perderá el derecho al Premio respectivo y a formular reclamo alguno como consecuencia de su participación en el Sorteo.
Conforme lo manifestado precedentemente, el derecho a la efectiva adjudicación del Premio, queda supeditado a que cada uno de los potenciales ganadores respectivos, respondan correctamente en forma escrita la pregunta de cultura general que se les formulará cuando concurran para acceder al Premio conforme lo indicado precedentemente y a la presentación del documento nacional de identidad o cédula de identidad ingresado en el Cupón. En caso contrario, es decir de cometer los potenciales ganadores un error o desconocer la respuesta a la pregunta que se le haya formulado, o no exhibir el documento nacional de identidad, perderá el potencial ganador automáticamente la posibilidad de obtener el Premio al cual había resultado potencial ganador.
A partir del momento en que se haya entregado el Premio respectivo al ganador, todos los restantes Cupones extraídos al azar carecerán de valor.
Para el supuesto de que el Premio no pueda ser adjudicado a ningún favorecido en el Sorteo, el mismo quedará a favor del Organizador.
9.- El nombre del ganador será publicado en la página Web (www.aapc.com.ar). Asimismo, el Organizador exhibirá el nombre y apellido del ganador en su oficina de la calle Presidente Roca 848 Piso 1º de la ciudad de Rosario, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización del Sorteo en el horario de 09:00 a 12:00 horas.
10.- El Organizador no será responsable por ningún costo y/o gasto en que pudieran incurrir los participantes, los ganadores ni su acompañante, con motivo de la participación en este Sorteo, quedando tales gastos y costos a cargo exclusivo de los mismos. Todos los gastos ocasionados por la gestión que deban realizar los ganadores y/o sus acompañantes para retirar su respectivo Premio y/o participar en este Sorteo, serán soportados por los mismos, incluido pero sin limitar a los gastos de traslado, viáticos, entre otros.
11.- Los Premios objeto de este Sorteo son intransferibles y sólo serán entregados a la persona cuyos datos personales figuran en el/los cupón/es ganadores previa exhibición de Documento Nacional de Identidad.
12.- Los ganadores no podrán exigir el cambio de los Premios por otro, ni por su valor en dinero, ni por un bien ni servicio distinto de los indicados, de modo que el Premio no será negociable ni transferible. Para el caso de que los ganadores no utilicen el Premio una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador. Los Premios adjudicados y no retirados por los ganadores quedarán en poder del Organizador.
13.- Los participantes de la Promoción autorizan al Organizador a difundir sus datos personales, los cuales consignen en el Cupón como así también sus fotografías si así lo deseara el Organizador, con fines publicitarios, en los medios y formas que considere convenientes sin derecho a compensación alguna.
14.- No podrán participar de la promoción ni hacerse acreedores de los Premios antedichos, los empleados del Organizador, ni tampoco los parientes de los mismos por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado inclusive.
15.- El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada a los participantes de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso de los Premios objeto de esta Promoción, una vez entregados los mismos, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el participante y/o terceros durante la utilización y/o goce de los Premios. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el participante y/o terceras personas, proveniente del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.
Tampoco será responsable el Organizador por fallas en la red telefónica, de los servicios postales ni por desperfectos técnicos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Promoción.
Lo expuesto en el presente apartado es aceptado incondicionalmente por cada participante del presente Promoción.
16.- Las imágenes de los Premios incluidas en los Cupones y cualquier material vinculado a este Sorteo son simbólicas en razón de que el Premio a entregar consiste en ORDENES DE COMPRA por los bienes o servicios que cada uno de los Comercios adheridos determina en las mismas. No se aceptará ningún reclamo, de ninguna naturaleza, fundado en supuestas diferencias entre dichas imágenes y los Premios. El Organizador no garantiza los productos ni los servicios que sean entregados a los participantes como Premios de esta promoción, ni se responsabiliza por la calidad de los mismos ni ninguna cuestión relativa a dichos productos y/o servicios, siendo el prestador de los mismos y/o su fabricante el único y exclusivo responsable por toda cuestión relativo los mismos.
17.- El Organizador se reserva el derecho de establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en estas Bases, reservándose asimismo el derecho de cancelar, suspender o modificar esta Promoción por circunstancias no previstas que sean ajenas a la voluntad del Organizador o de los Comercios adheridos, aclarándose que, cualquier modificación será ajustada a la legislación vigente en la materia y debidamente informada a los Participantes en cumplimiento de la legislación vigente, a través de la página web “www.aapc.com.ar”.
18.- La sola participación en la Promoción implica el conocimiento y aceptación de todas sus condiciones y el reconocimiento de que las decisiones que tanto el Organizador como los Comercios adheridos tomen con relación a la Promoción tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes.
Asimismo, el Organizador se reserva la facultad de modificar los términos de las presentes Bases y Condiciones en cualquier momento a su exclusivo criterio y decisión, sin derecho de los participantes de efectuar reclamo alguno. Esta promoción podrá ser cancelada o suspendida por el Organizador en caso que circunstancias no previstas lo justifiquen o por razones de fuerza mayor.
Pueden ocurrir eventos que ocasionen que el Sorteo en sí mismo o la entrega de los Premios lleguen a ser imposibles debido a circunstancias imprevistas o razones que vayan más allá del control del Organizador. En tal situación el Organizador podrá, a su entera discreción, variar o cambiar la fecha del Sorteo y/o de los Premios para proporcionar Premios alternativos que sean razonables y los ganadores del Premio aceptan que no podrá resultar responsabilidad alguna para el Organizador que derive de lo anterior.
19.- Para el caso que los Premios a los que accedan los ganadores se encuentren gravados por algún impuesto, tasa o contribución al premio, será el respectivo ganador quien deberá hacerse cargo en forma exclusiva del dicho impuesto. Todos los gastos en que se incurra para retirar los Premios, participar del sorteo y/o gozar de los Premios serán a cargo y costo de quienes incurran en los mismos, no asumiendo el Organizador responsabilidad alguna en relación a ellos.
20.- Los datos personales solicitados en la presente Promoción podrán ser almacenados en una base de datos la cual podrá ser utilizada a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico y mensajes de texto. Al momento de facilitar al Organizador sus datos personales mediante al entrega del Cupón, los participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos personales pueden ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. Ley 25.326, Artículo 27, Inciso 3 (archivos, registros o bancos de datos con fines de publicidad). "...3. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo...". Decreto 1558/2001, Artículo 27, párrafo tercero: "... en toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos, a pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información....".
21. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse en virtud a la Promoción será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con renuncia expresa por parte de los participantes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
22.- Las presentes Bases podrán ser consultadas en www.aapc.com.ar.